Transportes limita la velocidad de navegación en las zonas de búsqueda de desaparecidos por la dana

Los buques, embarcaciones y otros artefactos flotantes que naveguen por la zona deberán seguir las instrucciones que se dicten por parte de las embarcaciones que forman parte del dispositivo de búsqueda y rescate.

12/11/2024 a las 15:13 h

El Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, a través de la Capitanía Marítima de Valencia, ha emitido una resolución en la que prohíbe la detención y fondeo de buques en las zonas de búsqueda de desaparecidos, comprendidas entre el extremo sur del puerto de Valencia y el límite de la provincia con Alicante, 12 millas mar adentr, y ha limitado la velocidad de navegación en este área a siete nudos.

Además, los buques, embarcaciones y otros artefactos flotantes que naveguen por la zona deberán seguir las instrucciones que se dicten por parte de las embarcaciones que forman parte del dispositivo de búsqueda y rescate.

La resolución sustituye a la establecida el día 4 para prohibir la navegación en horario nocturno y limitarla, en horario diurno, a una velocidad máxima de cinco nudos, una milla mar adentro. En este caso, la restricción se mantendrá hasta el día 18 de noviembre.

El objetivo es facilitar las labores de búsqueda de desaparecidos a consecuencia de las riadas provocadas por la dana por parte de los servicios públicos y privados encargados de la búsqueda y rescate en el medio marino.

Por ello, desde la Capitanía Marítima también han recordado a los navegantes que si localizan objetos voluminosos en el agua se lo comuniquen al Centro de Control de Salvamento Marítimo de Valencia a través del canal 10 de VHF, o en el teléfono 963 679 403. Bajo la dirección de la Capitanía Marítima, los efectivos de Salvamento Marítimo se encargarán de retirar los obstáculos.

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