Publicada en el BOE la Resolución que flexibiliza los tiempos de conducción y descanso por los bloqueos agrarios en Francia

El BOE publica la Resolución de Transportes que flexibiliza los tiempos de conducción y descanso para los conductores afectados por los bloqueos agrarios en Francia entre el 22 de enero y el 4 de febrero.

01/02/2024 a las 8:01 h
Las excepciones se aplican a los conductores afectados por las protestas agrarias en Francia.
Las excepciones se aplican a los conductores afectados por las protestas agrarias en Francia.

El Boletín Oficial del Estado ha publicado este 1 de febrero la Resolución de la Dirección General de Transporte por Carretera que exceptúa temporalmente el cumplimiento de las normas de tiempos de conducción y descanso en los transportes de mercancías, tal y como ha anunciado el ministro Óscar Puente esta misma semana.

La norma arguye que las protestas de los agricultores franceses contra el gobierno galo de los pasados días han provocado retenciones y cortes en las carreteras francesas y en la frontera con España y que han afectado al normal funcionamiento de determinados flujos de mercancías que cruzan a diario por Irún y La Junquera, así como al tránsito realizado por camiones españoles dentro del territorio francés.

Ante estas alteraciones del tráfico, y con el fin de mitigar los efectos que se pueden derivar, Transportes considera necesario establecer, a nivel nacional, una serie de excepciones temporales, a la vista de que situación constituye un caso urgente contemplado en el Reglamento 561.

Así pues, y tal como se había anunciado, se exceptúan temporalmente a las operaciones de transporte de mercancías afectadas por estas circunstancias del cumplimiento de las normas establecidas en el Reglamento 561, de tal modo que se podrá sustituir el límite de conducción diaria máximo de nueve horas por uno de once horas, el límite de conducción semanal máximo de 56 horas por uno de sesenta horas, el límite de conducción bisemanal máximo de noventa horas por uno de 102 horas, reducir los requisitos del descanso diario de once horas por uno de nueve horas, así como la posibilidad de tomar dos descansos semanales reducidos consecutivos de al menos 24 horas, siempre que se tome la compensación de los mismos unida al siguiente descanso semanal normal; o la posibilidad de posponer el inicio del período de descanso semanal más allá de seis períodos de 24 horas.

De igual modo, la Resolución especifica que estas excepciones serán de aplicación a los conductores que realicen operaciones de transporte de mercancías que hayan estado afectadas por los cortes y retenciones en Francia y a ambos lados de la frontera con ese país, durante el período que va desde el día 22 de enero al 4 de febrero, ambos incluidos.

Resolución publicada en el BOE

La Resolución de la Dirección General de Transporte por Carretera que exceptúa temporalmente el cumplimiento de las normas de tiempos de conducción y descanso en los transportes de mercancías está disponible para su consulta, en este enlace.

 

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