El nuevo Decreto-Ley Omnibus no altera el límite de facturación anual del régimen de módulos

El nuevo Decreto-Ley Omnibus aprobado esta semana no incluye ninguna medida tributaria y, por tanto, tampoco altera el límite de facturación anual de 75.000 euros del régimen de módulos.

30/01/2025 a las 9:15 h
Esta reducción del límite de los módulos afectará a 30.000 autónomos del transporte.
Esta reducción del límite de los módulos afectará a 30.000 autónomos del transporte.

El nuevo Decreto-Ley Omnibus aprobado por el Gobierno este martes 28 de enero en Consejo de Ministros y publicado en el BOE al día siguiente no incluye ninguna medida tributaria.

Tampoco, por tanto, la prórroga del límite de facturación en el año anterior en los 125.000 euros para poder continuar acogidos al régimen de módulos este año. En consecuencia, se mantiene en vigor el límite de facturación anual de 75.000 euros aprobado en 2015 para poder continuar acogido al régimen de cotización en móduios este año 2025.

Este hecho supone, según los cálculos de Fenadismer, que más de 30.000 transportistas autónomos serían expulsados de este régimen de tributación y que deberán tributar por el régimen de estimación directa.

Dada la difusa evolución, Fenadismer ha solicitado al Ministerio de Hacienda que clarifique cómo se va a resolver esta situación para que los transportistas puedan seguir cumpliendo sus obligaciones tributarias con total seguridad jurídica.

La reforma de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas aprobada en 2015 estableció un período transitorio de dos años para la entrada en vigor de la reducción prevista del límite de facturación hasta 75.000 euros para que los autónomos pudieran continuar acogidos en los siguientes años al régimen de módulos, pero, sin embargo anualmente, tanto el Gobierno anterior como el actual han ido prorrogando sucesivamente el límite anterior establecido en 125.000 euros durante otros ocho años más.

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