Fenadismer pide prudencia en relación a posibles reclamaciones sobre el tramo del impuesto de hidrocarburos declarado ilegal

La mayoría de transportistas no podrían reclamar nada, ya que dicho recargo impositivo sobre los carburantes fue devuelto íntegramente vía gasóleo profesional.

05/06/2024 a las 16:43 h
La mayoría de los transportistas no podrían justificar perjuicio alguno.
La mayoría de los transportistas no podrían justificar perjuicio alguno.

En la última semana, han circulado por redes diferentes ofertas ofreciendo la posibilidad a los transportistas de reclamar contra el Estado por la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea que declara ilegal el tramo autonómico del impuesto de hidrocarburos vigente de 2013 a 2018.

A falta de que el Supremo dicte la sentencia confirmando el pronunciamiento del Tribunal europeo, la mayoría de transportistas no podrían reclamar nada, ya que dicho recargo impositivo sobre los carburantes fue devuelto íntegramente vía gasóleo profesional. Además, los que no pueden acogerse a esta bonificación fiscal se enfrentan a diferentes obstáculos, con el riesgo de ser condenados en costas, según recoge Fenadismer.

La noticia sobre el Tribunal de Justicia de la Unión Europea puede crear “un espejismo” no realista a los transportistas españoles por la posibilidad de reclamar de nuevo contra el Estado, de modo similar a como se hizo en su día con el céntimo sanitario declarado ilegal.

Sin embargo, a diferencia del anterior procedimiento, en este caso la mayoría de los transportistas no estarían legitimados al no poder justificar perjuicio alguno por haber estado acogidos al gasóleo profesional. Así, el importe que se les devolvió vía gasóleo profesional es el mismo importe que ahora ha declarado ilegal el Tribunal de Justicia. 

Respecto a los transportistas no acogidos a gasóleo profesional, esto es, con vehículos de menos de 7,5 toneladas, las posibilidades de que prosperara la reclamación son muy limitadas, ya que según explica Fenadismer, no podrían por la vía de devolución de ingresos indebidos al haber prescrito. En el caso de la reclamación por responsabilidad patrimonial, los requisitos exigidos son muy restrictivos.

Por ello, la Federación pide a los transportistas que sean cautelosos hasta que el Tribunal Supremo dicte la sentencia confirmatoria del pronunciamiento del Tribunal europeo, y que “no se dejen engañar” ante posibles ofertas que puedan encontrar en el mercado no especializadas en este tipo de reclamaciones.

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