El Consejo de Ministros que ha tenido lugar esta semana ha tomado conocimiento de la entrada en vigor de las enmiendas a los anejos del Acuerdo sobre transportes internacionales de mercancías perecederas y sobre las unidades especiales utilizadas en estos transportes, así como del texto consolidado de dicho Acuerdo.
El Grupo de trabajo sobre transportes de mercancías perecederas (WP.11) del Comité de transportes interiores de la Comisión Económica para Europa de Naciones Unidas (CEPE), en sus sesiones celebradas en Ginebra del 26 al 29 octubre del 2021, 3 al 6 de mayo de 2022 y 25 al 28 de octubre de 2022, respectivamente, propuso unas Enmiendas al texto vigente del ATP. El 3 de febrero de 2023, el secretario general de las Naciones Unidas comunicó dicha propuesta de Enmiendas a las partes contratantes del Acuerdo ATP, estableciéndose un plazo de 6 meses para recibir objeciones. Las Enmiendas se consideraron aceptadas y han entrado en vigor el 22 de junio de 2024, obligando a partir de ese momento a todos los Estados parte del ATP.
Por otra parte, el Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible ha estimado necesario la publicación en el Boletín Oficial del Estado de un nuevo texto consolidado de este Acuerdo y las Enmiendas de las que ha sido objeto hasta este momento, dando así cumplimiento a los principios constitucionales de publicidad de las normas y seguridad jurídica.
El Acuerdo sobre transportes internacionales de mercancías perecederas y sobre vehículos especiales utilizados en estos transportes (ATP) fue hecho en Ginebra el 1 de septiembre de 1970. España depositó el instrumento de adhesión el 24 de abril de 1972 y es Parte del Acuerdo desde su entrada en vigor el 21 de noviembre de 1976.
Posteriormente, el Acuerdo ATP ha sido enmendado en varias ocasiones. El objetivo principal del ATP es establecer unas condiciones homologadas de conservación de las mercancías perecederas durante su transporte, garantizando así el mantenimiento de su calidad durante las operaciones de transporte internacional.