A la espera de lo que apruebe el Ministerio, la Subdirección de Inspección ha pedido ampliar la vigencia de las autorizaciones no visadas en marzo, abril y mayo.
Una de las novedades que introduce el ROTT es que hay que acreditar que el gestor de transporte está debidamente dado de alta y cotizando en la Seguridad Social desde el 1 de enero de 2020.
A partir de enero de 2019, las autorizaciones ya no se documentarán en tarjetas de transporte, pero la Administración solicitará la conformidad de los titulares de las autorizaciones para visarlas en función del número en que termine cada NIF.
Las empresas transportistas y operadores de transporte, deberán visar estas autorizaciones durante el año, de forma que el mes en el que deban de realizar dicho visado dependerá de la terminación de su número de identificación fiscal.