El Real Decreto 191/2011 de 18 de febrero establece la obligatoriedad de inscripción, con carácter obligatorio tanto las sociedades de transportes como los transportistas autónomos que en algún momento puedan transportar productos alimentarios.
En el mes de julio el Grupo Moldtrans ha puesto en marcha en Alicante, unas instalaciones para el almacenaje polivalente de productos alimenticios conservados a temperatura ambiente.
La obligación afecta tanto al transporte de productos alimenticios a temperatura controlada como a los restantes alimentos sin control de temperatura y los alimentos a granel.