En la difusa frontera que se dibuja entre el gusto personal, la libertad empresarial, el respeto a las diferentes sensibilidades y la propia imagen que proyecta el sector de cara a la sociedad, una reciente sentencia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 de Ciudad Realcomunicada a las partes la semana pasada obliga a Benavent Transportes Frigoríficos a eliminar de sus cabinas la serigrafia de una mujer semidesnuda que venía llevando desde hace más de quince años.
El auto judicial, resultado de una denuncia presentada por la Asociación de Usuarios de la Comunicación en junio de 2016, estima que la imagen es "humillante y vejatoria", cosifica a la mujer "a través de la utilización de la imagen de su cuerpo atendiendo a su significado simbólico como objeto de deseo" y le prohíbe a la empresa de transporte a temperatura controlada de Alcazar de San Juan que vuelva a exhibirla en el futuro.
Así mismo, el tribunal insiste, de acuerdo con el artículo 3 de la Ley General de Publicidad, en que la fotografía es "una imagen denigrante propia de carteles anunciadores de páginas de contactos sexuales o evocadoras de clubs de carreteras rancios".
Benavent Transportes Frigoríficos, por su parte, estudia recurrir la sentencia y defiende el hecho de que sus vehículos lleven la imagen, que considera una representación artística y no un reclamo publicitario, desde 2002 sin ningún incidente en carretera.