El Consejo de Ministros de esta semana ha dado vía libre a cambios en el ROTT por medio de un Real Decreto con el que, según Transportes, se propone modificarl os criterios de corrección del examen para ser gestor de transporte y la composición de los tribunales para obtener el CAP, así como los requisitos de antigüedadque se exigen a los vehículos dedicados al transporte de mercancías.
Concretamente, según el Ministerio, se ha perfeccionado la regulación del certificado de competencia profesional, con objeto de garantizar que los solicitantes dispongan de los conocimientos necesarios y, además, se adapta la composición de los tribunales para obtener el CAP a las necesidades de las Comunidades Autónomas.
Con más detalle, se ha añadido una penalización de un tercio de punto por respuesta errónea en los ejercicios del examen para la obtención del certificado de competencia profesional, con el fin de reducir aciertos por puro azr.
De oigual modo, también se flexibiliza la composición de los tribunales de los exámenes para obtener el CAP, con la finalidad de garantizar que se puedan constituir con agilidad incluso en las regiones que cuentan, por su dimensión, con una estructura de recursos humanos más limitada.
Cambio en el requisito de antigüedad para renovación o ampliación de flotas
Por otra parte, también se ha finalizado la adaptación del marco normativo a la sentencia del Tribunal Supremo que eliminó la obligación a los solicitantes de una autorización de transporte público de mercancías por carretera de disponer de, al menos, un vehículo con una antigüedad inicial no superior a cinco meses, contados desde su primera matriculación.
Concretamente, con el cambio regulatorio este requisito no se aplicará a la adscripción de nuevos vehículos o la sustitución de alguno de ellos, ya que con ello se generaban situaciones asimétricas en los operadores del mercado, así como procedimientos administrativos innecesarios.
Diversas organizaciones empresariales venían solicitando esta modificación legal para que las empresas con presencia en el sector no se vieran perjudicadas al tener que soportar requisitos de mercado que no estaban obligadas a observar compañías de nueva creación.