La Dirección General de Tráfico ha introducido una modificación en el Reglamento General de Vehículos para permitir que los camiones, cuando incorporen contenedores de 45 pies, puedan transportar hasta 44 toneladas de carga.
Con la publicación en el Boletín Oficial del Estado de este cambio se resuelve una omisión que se produjo al trasponer una Directiva europea en 2017 y que hasta ahora se controlaba mediante una instrucción provisional para permitir su aplicación transitoria
Sin embargo, ahora el cambio legal deja de ser temporal, de tal manera que se permite en el caso de vehículos con tres ejes, con semirremolque de dos o tres ejes, que lleve, en operaciones de transporte intermodal, uno o varios contenedores o cajas móviles de hasta una longitud máxima total de 45 pies, que pueda alcanzar hasta las 44 toneladas de masa máxima de conjunto.
De igual modo, para vehículos de motor con dos ejes, con semirremolques de tres ejes, que lleve, en operaciones de transporte intermodal, uno o varios contenedores o cajas móviles de hasta una longitud máxima total de 45 pies, podrá alcanzar hasta las 42 toneladas de MMA de conjunto.
Así mismo, con esta modificación, la norma española se equipara definivitamente a la regulación europea.