UGT ha reclamado la presencia de representantes de Fomento en la próxima reunión con Anesco.
Resolución de la Dirección General de Empleo que se puede descargar en este enlace(disponible en formato pdf, de 4 páginas y 253 Kb).
El Boletín Oficial del Estado del pasado 11 de octubre recoge el calendario laboral definitivo para 2020, en el que figuran todas las fiestas nacionales y autonómicas que regirán para el próximo ejercicio.
En este sentido, el documento indica que las fiestas de ámbito nacional no sustituibles para 2020 serán el 1 de enero, día de Año Nuevo, el 1o de abril, Viernes Santo, el 1 de mayo, día del Trabajo, el 15 de agosto, Asunción de la Virgen, el 12 de octubre, Fiesta Nacional de España, el 8 de diciembre, día de la Inmaculada Concepción, y el 25 de diciembre, día de Navidad.
Las comunidades de Andalucía, Aragón, Asturias, Castilla y León, Extremadura y Madrid han trasladado la festividad del día de Todos los Santos del 1 de noviembre, que en 2020 caerá en domingo, al lunes día 2 de dicho mes, mientras que, por otro lado, todas las comunidades salvo Cantabria, Castilla-La Mancha, Cataluña, Comunidad Valenciana, Galicia y el País Vasco han pasado la fiesta de la Constitución Española del 6 del diciembre, que cae en domingo, al lunes, día 7.
Adicionalmente, el 9 de abril, Jueves Santo, será festivo en la mayor parte de las comunidades, excepto en Cataluña y la Comunidad Valenciana.
Por otra parte, cada municipio fijará en su caso dos festividades locales.