El Consejo de Ministros ha aprobado la undécima prórroga del acuerdo del Consejo de Ministros de 2 de febrero de 2021, por el que se limitan los vuelos entre Brasil y Sudáfrica y los aeropuertos españoles para controlar la propagación y el contagio del Covid-19.
La medida, que no afecta al personal aeronáutico necesario para llevar a cabo la actividad, entrará en vigor desde las 00:00 del 6 de julio hasta las 00:00 del 20 de julio.
Si bien es cierto que el riesgo de importación de casos desde ambos países se puede reducir gracias a las medidas aplicables a la llegada a España, deben seguir extremándose las precauciones ante el potencial de propagación de las variantes brasileña y sudafricana.
Por ello, solo podrán realizarse vuelos desde Brasil y Sudáfrica que estén ocupados por ciudadanos españoles o andorranos, así como residentes en ambos países o pasajeros que se dirijan a un país no Schengen con escala inferior a 24 horas en España, que no podrán abandonar la zona de tránsito del aeropuerto.
Además, se contemplan exenciones relativas a vuelos de aeronaves de Estado, servicios de búsqueda y salvamento, vuelos con escala en territorio español con fines no comerciales y que tengan por destino final otro país, vuelos exclusivos de carga, posicionales y humanitarios, médicos o de emergencia.
En todo caso, en función de la evolución de la pandemia y de las decisiones que puedan adoptarse junto a la Unión Europea, el Ministerio de Sanidad podrá levantar las limitaciones fijadas.