El acuerdo servirá de punto de partida para la cumbre de 2019.
Tras dos semanas de negociaciones, los delegados de todo el mundo reunidos desde el 2 de diciembre en la ciudad polaca de Katowice han logrado llegar a un acuerdo sobre el Programa de Trabajo para la implementación del Acuerdo de París, con el objetivo de limitar el calentamiento global a un máximo de dos grados centígrados para final de siglo.
Así mismo, la adopción del Programa de Trabajo del Acuerdo de París permitirá que dicho pacto sea operativo a partir del 2020, aunque el acuerdo ha tenido que ser rebajado con el fin de todos los representantes pudieran suscribirlo.
La ONU estima que el acuerdo de Katowice debe servir como punto de partida para la Cumbre sobre el Cambio Climático que se celebrará en septiembre de 2019 y guiará las contribuciones nacionales que se presentarán en 2020.
Puntos clave
Entre los puntos clave del texto destaca un marco de transparencia para promover la confianza entre las naciones de todo el mundo en cuanto a lo que todas estén haciendo para abordar el cambio climático y que estipula cómo los países proporcionarán información sobre sus planes de acción nacionales, incluida la reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero, así como las medidas de mitigación y adaptación.
También se acordó un estándar para medir las emisiones de gases de efecto invernadero y si los países más pobres consideran que no pueden cumplir con los parámetros establecidos, pueden explicar por qué y presentar un plan para desarrollar su capacidad al respecto.
Sobre la financiación para apoyar la acción contra el cambio climático en los países en desarrollo, el documento define una manera para decidir objetivos nuevos y más ambiciosos a partir de 2025, con el compromiso actual de movilizar 100 mil millones de dólares por año desde 2020.
De igual modo, también se evaluará la efectividad de la acción climática en 2023 para informar del progreso en el desarrollo y la transferencia de tecnología.
Sin embargo, no se alcanzó un acuerdo en lo que se refiere a los “mercados de carbono” o al “comercio de carbono”, que permiten a los países comerciar con sus derechos de emisión, aunque se reconoce la necesidad de que haya normas globales sobre el asunto para salvaguardar la integridad de los esfuerzos de todos los países y garantizar que cada tonelada de emisiones liberadas a la atmósfera se tenga en cuenta.