El Juzgado Social 24 de Barcelona ha avalado la actuación de Inspección de Trabajo de julio de 2018 que calificó a los 741 repartidores que operaban para Deliveroo en la Ciudad Condal como falsos autónomos.
Como consecuencia de esta labor, Inspección de Trabajo levantó acta reclamando a Deliveroo el pago de 1,3 millones de eurosen concepto de cotizaciones no abonadas a la Seguridad Social en respuesta a la denuncia interpuesta por la Intersindical Alternativa de Cataluña (IAC) y la asociación RidersxDerechos con el asesoramiento de Colectivo Ronda.
Esta sanción fue la primera en España contra plataformas digitales de reparto y ahora se ve ratificada plenamente por una sentencia judicial que considera que los repartidores de Deliveroo en la capital catalana desarrollan su labor "comprendidos dentro del círculo organicista, rector y disciplinario de la empresa".
En este mismo sentido, el auto judicial confirma que la empresa ejerce su poder disciplinario imponiendo "penalizaciones" y "controlando que el repartidor realiza correctamente su actividad", lo que incluye la geolocalización del rider y la imposición de las condiciones esenciales de la prestación de servicio, al tiempo que realiza "valoraciones sobre su grado de fiabilidad" a partir de los datos captados por su aplicación informática.
La sentencia, contra la que cabe recurso, sigue la estela de una reciente sentencia del Tribunal Supremo que concluyó la condición de falso autónomo de un repartidor de Glover y se ha dado a conocer justo antes de que el Gobierno, patronal y organizaciones sindicales vuelvan a reunirse para reanudar el diálogo sobre la nueva 'Ley Rider'.