El Gobierno con el fin de ordenar lo que ha dado en llamar la "nueva normalidad", tras el próximo decaimiento del estado de alarma, ha aprobado en el Consejo de Ministros de este pasado sábado mediante el correspondiente Real Decreto-Ley las condiciones de seguridad e higiene que se aplicarán a partir del próximo 21 de junio.
La norma mantiene la obligatoriedad del uso de las mascarillas en la vía pública, en espacios al aire libre y en espacios cerrados de uso público o que se encuentren abiertos al público, así como en los transportes.
En concreto, deberá llevarse mascarilla en los medios de transporte aéreo, marítimo, en autobús o por ferrocarril, así como en los transportes públicos y privados complementarios de viajeros en vehículos de hasta nueve plazas, incluido el conductor, si los ocupantes de los vehículos de turismo no conviven en el mismo domicilio.
Mascarillas obligatorias tres meses después
Así mismo, en las cabinas de los vehículos industriales y comerciales también deberá llevarse, cuando la ocupen dos personas como máximo, que deberán mantener la distancia máxima posible.
Además, en el transporte marítimo se adapta la obligación de portar estos equipos de protección a las particularidades de este modo de transporte.
Por otra parte, el Real Decreto-ley recoge también una serie de previsiones sobre los controles sanitarios y operativos en aeropuertos gestionados por Aena y en puertos de interés general.
Aena, por su parte, pondrá a disposición de Sanidad Exterior los recursos humanos, sanitarios y de apoyo necesarios con el fin de garantizar el control sanitario de la entrada de pasajeros de vuelos internacionales.
Por otra parte, la norma también prevé que los operadores de transporte puedan ir adaptando la oferta de transporte a la evolución de la recuperación de la demanda, con objeto de asegurar una adecuada prestación del servicio, teniendo en cuenta siempre la atención a las medidas sanitarias que puedan acordarse para evitar el riesgo de contagio de la covid-19.