El Paquete Legislativo de Movilidad aprobado por la Unión Europea en 2020 introdujo importantes modificaciones en lo que se refiere al transporte de mercancías en vehículos ligeros, como la exigencia de poseer una licencia comunitaria para hacer transporte internacional en la Unión Europea, o la de llevar instalado el tacógrafo, exigible a partir de 2026.
Así, desde mayo los titulares de vehículos de transporte ligeros de más de 2,5 toneladas de masa máxima autorizada que realicen transporte internacional deberán llevar a bordo una licencia comunitaria europea, como la que se exige para los vehículos pesados de más de 3,5 toneladas que realizan transporte internacional.
Para ello, deberán cumplir el requisito de competencia profesional, bien a su nombre o bien contratando a un gestor, así como los relativos a establecimiento, honorabilidad y capacidad económica que se exigen a los vehículos de mayor tonelaje, aunque en este último caso con un importe menor.
Si bien la previsión inicial es que fuera mayor el número de transportistas ligeros que tuvieran que solicitar dicha autorización, a falta de datos oficiales sobre el flujo de transporte internacional realizado con estos vehículos, han sido 1.024 transportistas los que lo han solicitado para una flota conjunta de 1.925 vehículos.
La cifra contrasta con las 25.884 empresas transportistas en vehículo pesado autorizadas para hacer transporte en la Unión Europea, con una flota total de 127.898 vehículos.
Desde Fenadismer, recuerdan a los transportistas ligeros que solicitaron la licencia comunitaria en mayo que la autorización sólo tiene una validez de un año. Deberán renovarla en el mes en que le corresponda realizar el visado de su autorización de transporte en 2023, que será cuando la Comunidad Autónoma comprobará el cumplimiento de todos los requisitos exigidos para su obtención.