El Consejo de ministros de Transporte de la Unión Europea ha dado vía libre definitiva al nuevo Reglamento sobre la Infraestructura para los Combustibles Alternativos.
Esta norma facilitará la instalación en los próximos años de más estaciones de recarga y repostaje de combustibles alternativos en toda Europa, lo que, a juicio de los ministros europeos, permitirá al sector del transporte reducir considerablemente su huella de carbono.
El texto del Reglamento establece objetivos específicosde implantación que deberán cumplirse en 2025 o 2030.
En particular, a partir de 2025, deben instalarse estaciones de recarga rápida de al menos 150 kW para turismos y furgonetas cada 60 km en los principales corredores de transporte de la Unión.
Al mismo tiempo, las estaciones de recarga para vehículos pesados con una potencia disponible mínima de 350 kW deberán implantarse cada 60 km en la red básica de la RTE-T y cada 100 km en la red global de la RTE-T más amplia a partir de 2025. Así mismo, la red tendrá que tener una cobertura completa para 2030.
Por otra parte, las estaciones de repostaje de hidrógeno que presten servicio tanto a automóviles como a furgonetas deben implantarse a partir de 2030 en todos los nodos urbanos y cada 200 km en la red básica de la RTE-T.
De igual manera, los puertos que acojan un número mínimo de grandes buques de pasaje o portacontenedoresdeberán suministrar electricidad en puerto a dichos buques de aquí a 2030, mientras que los aeropuertos deben suministrar electricidad a las aeronaves estacionadas de aquí a 2025 en todas las puertas, y de aquí a 2030 en todos los puestos de estacionamiento remotos.
Adicionalmente, se ha articulado que los usuarios de vehículos eléctricos o de hidrógeno deben poder pagar fácilmenteen los puntos de recarga o repostaje con tarjetas de pago o dispositivos sin contacto sin necesidad de suscripción, y los precios deben ser totalmente transparentes
En paralelo, los operadores de los puntos de recarga o repostaje deben proporcionar a los consumidores información completaa través de medios electrónicos sobre la disponibilidad, el tiempo de espera o el precio en diferentes estaciones.
Tras su aprobación por el Consejo, el nuevo Reglamento se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea después del verano y entrará en vigor a los veiente días de su publicación, con lo que sus nuevas disposiciones se aplicarán a partir de los seis meses de su entrada en vigor.