La concienciación sobre el impacto medioambiental vinculado a cualquier actividad prosigue su avance y comienza a concretarse en medidas que acabarán por transformar la forma en la que se ejecutan estas actividades.
La actividad de transporte, vital en una economía como la actual, tiene una clara incidencia en lo que a emisiones a la atmósfera se refiere. Desde hace años y a raíz de la constatación del cambio climático en el planeta asociado a la actividad del hombre, se ha debatido sobre la conveniencia de penalizar aquellas actividades contaminantes, “el que contamina paga”. Y el transporte, fundamentalmente el transporte por carretera, es una de ellas.
A la política emprendida en Europa, de la mano de legislaciones sucesivamente restrictivas en cuanto a las emisiones de los motores de los camiones, plasmadas en las normas “Euro” que han conseguido una significativa disminución de las emisiones a la atmósfera de los gases y demás elementos producidos durante la combustión de combustibles fósiles, viene ahora a unirse el concepto de “huella de carbono”,que trata de calcular los costes asociados, en términos de emisiones, a esa actividad de transporte.
Obligación de informar en Francia
A este respecto, el pasado 1 de octubre ha entrado en vigor en Francia la obligación para las empresas de transporte de informar a sus clientes de las emisiones de CO2 asociadas al transporte realizado.
La obligación afecta a todos los transportes con origen o destino en Francia, tanto para los internacionales como para los de cabotaje. Quedan eximidos de esta obligación únicamente los transportes en tránsito, o los que no llevan aparejada la carga o descarga en Francia.
Esta obligación de comunicar sobre las emisiones de CO2 realizadas por el transporte en cuestión afecta tanto al, transporte de viajeros como al de mercancías.
La forma de realizar esta comunicación, en principio es libre, aunque es aconsejable que en todo caso sea por escrito, estando normalmente admitido que se realice en la factura del servicio.
El plazo para realizar esta comunicación será de dos meses desde la realización del transporte, salvo que exista pacto contrario. En caso de omisión o aportación incorrecta, el cliente deberá requerirla en el plazo de un mes y el transportista tendrá otros dos meses para proporcionarla.
Método de cálculo
Hay varios métodos de cálculo. El de más inmediata implantación, de nivel 1 utiliza unos valores estándares fijados por decreto ministerial y podrá ser utilizado por todas las empresas hasta el 1 de julio de 2016. A partir de esa fecha, sólo podrán utilizarlos las empresas de menos de 50 empleados.
Las empresas pueden optar por no utilizar estos valores estándar y realizar sus propios cálculos, para lo cual deberán tener en cuenta también los trayectos en vacío. En el caso de utilizar los valores estándares, los trayectos en vacío ya se han tomado en cuenta.