La Comisión Territorial de Urbanismo de Lérida ha aprobado el Plan Director Urbanístico de Actividad Económica de la Plana de Lérida, que pondrá en el mercado 222 hectáreas de suelo industrial en el polígono Torreblanca-Quatre Pilans, especialmente pensado para acoger empresas que precisen parcelas de gran formato, como las logísticas.
Finalmente, se ha optado por excluir del PDUAE los municipios de Bell-lloc d'Urgell y Alamús, de acuerdo con la voluntad expresada por sus Ayuntamientos, y situar el nuevo suelo industrial sólo el término municipal de Lérida.
El Plan define un ámbito de actividad económica promovido por la Generalitat en colaboración con el Incasòl y el Ayuntamiento, que abarca los suelos situados al sureste del núcleo urbano y limita con la carretera N-240 en el noreste, los municipios de Torregrossa y Artesa al sureste, así como con la línea ferroviaria R14 Barcelona-Lérida al noroeste, en el área donde confluyen la N-240, C-13 y C-13b.
El impulso de un gran sector económico en este punto concentraría la actividad económica en la confluencia de grandes ejes territoriales. Así se evitaría la dispersión de la actividad industrial y logística y se optimizarían las condiciones para albergar nuevas actividades estratégicas.
El Plan delimita cuatro sectores: Sector 1 Porta Torreblanca-Quatre Pilans, de 41,6 hectáreas, Sector 2 Torreblanca, de 219,8 hectáreas, Sector 3 Quatre Pilans, de 89,6 hectáreas, y Sector 4 Centro Intermodal Torreblanca-Quatre Pilans, de 82,6 hectáreas.
Es precisamente en este último sector, que abarca los terrenos al suroeste, en paralelo a la línea ferroviaria existente, donde se prevé implantar una plataforma intermodal de mercancías y un apeadero ferroviario de pasajeros.
El PDUAE contempla únicamente dos tipos de parcelas: parcelas grandes, de 4 hectáreas de superficie mínima, en los sectores 2 y 3, y una gran parcela de 135 hectáreas en el sector 2. En este caso, se admite su división en hasta tres unidades con una superficie mínima de 40 hectáreas, para flexibilizar la oferta.
En lo que se refiere al Sector 1, constituye el espacio de transición entre el suelo urbanizable y el suelo no urbanizable, y tiene por objeto garantizar el acceso viario a otros sectores desde la autovía C-13b y la carretera N-240, además de acoger los servicios técnicos comunes necesarios.