La Orden del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana que regula las instrucciones sobre la utilización de mascarillas en los distintos medios de transporte publicada oficialmente este pasado fin de semana precisa el uso de estos equipos en las cabinas de vehículos pesados y ligerosdedicados al transporte de mercancías.
En este sentido, la norma, ya en vigor hasta que se decrete la finalización del estado de alarma, estipula que en los vehículos en los que, por sus características técnicas, únicamente se disponga de una fila de asientos, como en el supuesto de cabinas de vehículos pesados, furgonetas, u otros, podrán viajar como máximo dos personas.
Ambos ocupantes deberán utilizar en este caso, de manera obligatoria y en todo momento, mascarillas que cubran las vías respiratorias, ya que, en caso contrario, únicamente podrá viajar el conductor.
De igual manera, las dos personas en cabina estarán obligadas a guardar la máxima distancia posible, por lo que el segundo ocupante deberá situarse en el espacio más próximo a la puerta derecha del habitáculo.
Estas normas, destinadas a evitar una propagación aún mayor del coronavirus, suponen un aumento de la seguridad en la salud de los conductores y de los tripulantes de los vehículos de transporte de mercancías, aunque ya anteriormente se recomendaba su uso dentro de las cabinas.