Las empresas de transporte privado complementario de mercancías, aquellas que transportan su propia mercancía, y todas las de viajeros deberán renovar este año su visado, el título que cada dos años han de actualizar para garantizar que cumplen los requisitos para los que se les autorizó su actividad.
En 2012, como en todos los años pares, renovaron sus visados las empresas de transporte público de mercancías y en 2013, como en todos los impares, deben hacerlo las empresas titulares de autorizaciones de transporte privado complementario de mercancías.
Para el transporte de mercancías, la Consejería de Fomento y Vivienda de la Junta de Andalucía ha de otorgar una autorización que requiere el cumplimiento de una serie de requisitos. Una vez obtenida la autorización, la regla general es que dicho documento tenga vigencia indefinida, si bien las empresas han de acreditar periódicamente que siguen cumpliendo los requisitos necesarios. Esta acreditación es la que se hace a través del visado.
Calendario para la renovación
Para ordenar la gestión del proceso, conseguir un reparto equilibrado de la carga de trabajo a lo largo del año y evitar que pudiera producirse una sobrecarga en los últimos meses, se ha establecido un calendario en función de la última letra del CIF o NIF, si son empresarios individuales, con la excepción de los meses de agosto y diciembre.
El calendario se puede consultar en la web de la Consejería de Fomento y Vivienda, donde se recoge la documentación que las empresas deben aportar, como el CIF, abono de la tasa, cumplimiento de obligaciones fiscales y laborales, pago de multas y documentación de los vehículos.
Una vez consultado el calendario, los interesados deberán acudir con la documentación a la delegación territorial de Fomento, Vivienda, Turismo y Comercio. Cuando las autorizaciones estén domiciliadas en La Línea, Los Barrios, Algeciras, Castellar de la Frontera, Jimena de la Frontera, Tarifa o San Roque, sus titulares deberán solicitar el visado en la subdelegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en el Campo de Gibraltar.
Si el visado no se renueva en el plazo establecido por falta de alguno de estos requisitos, la autorización para realizar la actividad quedará suspendida y no podrá ejercerse, si bien existe un periodo de un año para rehabilitarla y aportar los documentos que falten. Una vez transcurrido, si se continúa sin renovar el visado, la autorización será dada de baja definitiva.