No podrán ser beneficiarios de estas ayudas ni los puntos de venta ni los concesionarios.
El Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía, Idae, que depende del Ministerio de Energía, ha publicado en el Boletín Oficial del Estado la convocatoria del Plan Movalt para impulsar el uso de vehículos eléctricos o de combustibles alternativos, así como sus posibles beneficiarios y requisitos.
El plazo de presentación de solicitudes comenzará el día 11 de diciembre de 2017, cuando la activación del sistema telemático de gestión de ayudas sea notificada a los concesionarios adheridos a la convocatoria, y durará hasta el 30 de junio de 2018.
Podrán ser beneficiarios de estas ayudas los autónomos y el resto de personas mayores de edad residentes en España, así como las empresas privadas y personas jurídicas con un Número de Identificación Fiscal que comience por las letras A, B, C, D, E, F, G, J, N, R o W.
También podrán solicitarlas las Comunidades Autónomas, los Ayuntamientos y las entidades públicas vinculadas o dependientes de ambas, pero no podrán hacerlo los puntos de venta de vehículos ni los concesionarios. El beneficiario deberá encontrarse al corriente en el cumplimiento tanto de sus obligaciones tributarias como de la Seguridad Social.
La finalidad del Plan Movalt es promover la adquisición de unidades propulsadas por Gas Licuado de Petróleo, Gas Natural Licuado o Comprimido, bifuel gasolina-gas, pila de combustible o motores eléctricos, de forma que disminuyan las emisiones contaminantes y se logre reducir la dependencia del petróleo.
Además, el impulso de este tipo de movilidad supone una oportunidad para la industria española de la automoción, que podría posicionarse como alternativa clave para el desarrollo y fabricación de estos vehículos.