El 1 de enero, entraron en vigor los nuevos límites de azufre en el combustible marino impuestos por la Organización Marítima Internacional, que acaba de reforzar la medida con la prohibición de transportar combustibles que no cumplan la normativa.
Esta nueva regla, en vigor desde el 1 de marzo de 2020, afecta a aquellos combustibles que vayan a utilizarse en la propulsión y operativa del buque, pero no será de aplicación para las embarcaciones que estén equipadas con sistemas para la depuración de gases de escape, conocidos como 'scrubbers'.
La intención de la OMI es cumplir con el Tratado Marpol y contribuir a la mejora del medio ambiente y la salud pública con la reducción de los óxidos de azufre. Este cambio no modifica en ningún caso el límite del 0,5% de azufre en los combustibles, sino que debe entenderse como una medida adicional para impulsar el cumplimiento de la norma y para mejorar el control de la misma por parte de los Estados Miembros.
Conviene aclarar, además, que en las Áreas de Control de Emisiones, el límite está establecido en 0,1%. Estas zonas son el Mar Báltico, el Mar del Norte, las áreas costeras de Estados Unidos y Canadá, y un área del Caribe cercana a Puerto Rico y las Islas Vírgenes.