El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha dictado sentencia este jueves 13 de julio en el asunto relativo a la reclamación de la Comisión Europea de una multa para España por haber tardado más de dos años en reformar el sistema de estiba del país, que el propio Tribunal de Luxemburgo consideró contrario a la normativa comunitaria el 11 de diciembre de 2014.
España ha sido condenada, finalmente, a abonar tres millones de eurosa la Unión Europea, un importe mucho menor a los 24 millones de euros que habría supuesto la multa diaria de 27.522 euros que la Comisión solicitó para cada día de persistencia de la infracción transcurridos desde la primera sentencia a la aprobación de la reforma.
Según recoge la sentencia, con la reforma aprobada el día 13 de mayo, fecha de su publicación en el BOE y no de la convalidación en el Congreso, la Comisión consideró que España había adoptado todas las medidas necesarias para la ejecución de la sentencia de 2014. En consecuencia, mantuvo su recurso en cuanto al pago de una cantidad a tanto alzado y al importe de ésta, pero desistió parcialmente de su recurso en lo relativo a la multa coercitiva.
Sin embargo, lo que no recoge la sentencia hecha pública por Luxemburgo es qué factores sustentan la suma a tanto alzado fijada, que supone sólo una octava parte de lo exigido por Europa.
De hecho, el TJUE considera que el incumplimiento de la sentencia "debe considerarse grave, ya que afectó a la libertad de establecimiento", y que, a pesar de que España "ha demostrado su buena fe cooperando estrechamente con la Comisión", transcurrieron 29 meses desde que se dictó la sentencia hasta que entró en vigor la nueva normativa.
Fomento culpa a la oposición
Las declaracionesdesde las principales instituciones implicadas en el asunto, el Ministerio de Fomento y la Comisión Europea, no se han hecho esperar.
Por parte de Fomento se ha culpado de esta multa a la oposición política. "El Gobierno se muestra satisfecho por la significativa reducción de la multa, aunque lamenta la falta de voluntad y de responsabilidad de los partidos políticos que no apoyaron la primera reforma de la estiba que el Gobierno llevó a convalidación el 16 de marzo al Congreso y que hubiese anulado el pago de cualquier multa", aseguran desde el Ministerio.
El Gobierno incide en que, "en ese momento, España tenía una notificación de la Comisión Europea en la que subrayaba que, de aprobarse la reforma propuesta, nuestro país no tendría que abonar la multa devengada hasta la fecha".
El Ministerio ha ido más allá en sus críticas a la oposición asegurando que "el acuerdo logrado entre patronal y sindicatos de la estiba en un tiempo récord, junto al mantenimiento de los puestos de trabajo, ha desacreditado a aquellos grupos parlamentarios que se opusieron en el Congreso a la convalidación del Real Decreto Ley, alegando que se iban a producir despidos masivos y que no permitía el acuerdo".
Por su parte, desde la Comisión Europea no han querido entrar a valorar el importe de la sanción. "Lo importante es que las autoridades españolas hayan abordado las restricciones a la libertad de establecimiento de los operadores portuarios a través de la reforma adoptada en mayo", ha señalado el portavoz la Comisión de Transporte, Enrico Brivio.