La Comisión Europea publicará próximamente una nota interpretativa en la que detallará los documentos justificativosque pueden exigirse a los conductores para verificar el cumplimiento de la prohibición de realizar los descansos semanales en cabina.
Según informa Fenadismer, se pretende armonizar estos controles en toda la Unión Europea ante las diversas interpretaciones que hasta ahora vienen aplicando las autoridades nacionales en cada Estado miembro. Especialmente las quejas de los transportistas tienen que ver con los controles en Francia y Suecia.
En concreto, la nota interpretativa enumera, de acuerdo con la organización empresarial, los documentos que debe presentar el conductor cuando se lo soliciten las autoridades en carretera, y que se limitan a la tarjeta de tacógrafo, así como cualquier registro manual o documento impreso que hubiera realizado durante el día en curso y los 28 días anteriores.
[sumario]La nota se publicará próximamente en la web oficial de la Comisión Europea y traducida a los 24 idiomas oficiales de la Unión Europea.[/sumario]
En el caso de que utilice tacógrafo analógico, se podrán exigir las hojas de registro del día en curso y las utilizadas por el conductor en los 28 días anteriores.
De igual manera, con este documento también se aclara si los agentes de control pueden preguntar a los conductores sobre la existencia de facturas de hotel o cualquier otro documento que pueda justificar que el conductor tomó su descanso semanal habitual en un alojamiento adecuado, al tiempo que se determina que no pueden multar a los conductores ni a las empresas por no presentar dichos documentos.
La nota también contemplará, si la regulación nacional lo prevé, que una confesión oral por parte del conductor puede considerarse como prueba válida para imponer una infracción.
La nota se publicará próximamente en la web oficial de la Comisión Europea y traducida a los 24 idiomas oficiales de la Unión Europea.