La normativa europea no establece ningún número máximo de lugares de carga o descarga a lo largo de un mismo transporte de cabotaje.
La Comisión Europea ha denunciado a Dinamarca ante el Tribunal de Luxemburgo por incumplir la normativa de cabotaje europea. El organismo europeo ha alegado que el país incumple el artículo 8, apartado 2, del Reglamento nº 1072/2009, que regula de manera exhaustiva cómo los transportistas de mercancías pueden realizar operaciones de cabotaje en los términos previstos en el mencionado artículo.
La disposición no establece ningún número máximo de lugares de carga o descarga a lo largo de un mismo transporte de cabotaje. Según recoge el documento, el límite de tres transportes de cabotaje no implica que un transporte de cabotaje deba comprender un número fijo de lugares de carga o descarga.
En Dinamarca, por el contrario, la norma nacional indica que cada operación puede incluir varios puntos de carga o de descarga, pero no ambos, lo que supone una restricción del modo en que los transportistas pueden efectuar el transporte de cabotaje en el país respecto a lo establecido en el reglamento.
Por tanto, la Comisión Europea solicita al Tribunal de Luxemburgo que declare que el país ha incumplido las obligaciones impuestas en la normativa y que, como consecuencia de esta infracción, se condene en costas a Dinamarca.