Ni el convenio CMR ni la Ley del Contrato de Transporte regulan expresamente la cuestión de la carga y la estiba.
El cargador ha de ser el responsable de realizar la estiba, salvo que exista pacto en contrario o se trate de paquetería. La teoría está clara, pero no tanto si se tiene en cuenta que el transportista tiene la obligación de supervisar, lo que supone que de facto asume responsabilidad, a no ser que formule reservas por escrito.
Así se se ha señalado durante una jornada de la Fundación Guitrans, en la que se ha recordado que ni el convenio CMR, ni la Ley del Contrato de Transporte regulan expresamente la cuestión de la carga y la estiba.
Además, si la estiba se hace siguiendo las instrucciones del transportista, en caso de sufrir algún daño se le podrá considerar responsable, siempre que lo ocurrido tenga relación con sus indicaciones y no se haya realizado anotación o reserva. Recomiendan, en este sentido no perder de vista las sentencias de los juzgados, advirtiendo de que en la práctica "la instrucción podría quedar en papel mojado".
En el evento, se han analizado las diferentes modificaciones introducidas por el Real Decreto 563/2017, que regula las inspecciones en la estiba, así como las del nuevo Paquete de la Carretera, cuya aprobación se retrasará probablemente hasta 2020, teniendo en cuenta que en 2019 habrá elecciones europeas.
Por otro lado, se ha puesto de manifiesto el problema que se vive en la frontera con Francia, por las continuas retenciones de tráfico, y se ha denunciado "la posición de debilidad" en la que se encuentra el sector pese a ser "imprescindible" para la sociedad.
Por último, se ha aludido a la falta de conductores que tanto preocupa en los últimos tiempos, insistiendo en que para poder analizarlo debidamente, antes es preciso equilibrar la oferta y la demanda en el transporte.