Las autoridades francesas han introducido nuevas especificaciones a la prohibición de realizar los descansos tanto diarios como semanales de los conductores trabajadores a bordo de los vehículos comerciales de menos de 3,5 toneladas de MMA que se aprobaron en septiembre.
Así pues, dadas las dudas generadas por esta nueva regulación, las autoridades francesas han remitido una nota informativa a la Comisión Europea para conocimiento de todos los Estados Miembros, según refiere Fenadismer, en la que aclara como debe aplicarse tal prohibición.
En concreto, las especificaciones indican que el descanso diario o semanal necesariamente deberá realizarse fuera del vehículo, en lugares compatibles con la “dignidad humana”, es decir, que reúnan unas condiciones adecuadas de comodidad e higiene, con acceso a instalaciones sanitarias en buen estado.
En consecuencia, se prohibiránlos descansos en los asientos o partes traseras de los vehículos, en las tiendas de techo que pudieran llevar acopladas, o en carpas o tiendas ubicadas en las proximidades de los vehículos.
En definitiva, las empresas de transporte en vehículos ligeros deben garantizar a sus conductores unas condiciones de alojamiento dignas fuera de los vehículos.
Las sancionespor infracciones en esta nomra podrían alcazar los 1.500 euros y que se incrementan hasta los 3.000 euros en caso de reincidencia.
Además, al margen de las sanciones que pudieran ser impuestas por el incumplimiento de esta prohibición, en el caso de empresas establecidas fuera de Francia, las autoridades francesas podrán inmovilizar el vehículo hasta que sea abonado un depósito de 750 euros.