Proyecto de Orden por la que se modifica la Orden FOM/734/2007en materia de autorizaciones de transporte de mercancías por carretera, que puede descargarse en este enlace (formato pdf de 3 páginas)
El ministerio de Fomento inició el pasado 8 de enero el envío a las asociaciones del sector de transporte de mercancías por carretera y al propio Comité Nacional del Transporte del proyecto de modificación de la orden FOM/734 de 20 de marzo de 2007 que desarrolla el Reglamento de la LOTT en materia de autorizaciones de transporte de mercancías por carretera.
Dado que la nueva LOTT entró en vigor hace unos meses, el ministerio ha procedido a la actualización de la referida orden con el fin de su adecuación a la nueva legislación, incluyendo así la nueva definición entre transporte ligero y transporte pesado o la limitación de la transmisibilidad de autorizaciones de transporte.
Además, el proyecto recoge unas medidas excepcionales y temporales para que los socios de cooperativas puedan acceder a la obtención de Autorizaciones de Transporte, a través de la creación de empresas.
A partir de ahora, el CNTC tiene el plazo de un mes para emitir su preceptivo informe. Sin embargo, haya o no valoración del Comité, el trámite del proyecto seguirá su aprobación hasta su publicación en el BOE.
La nueva orden establece una limitación en la transmisibilidad de las autorizaciones de transporte, un asunto que es lo que menos gusta al sector puesto que la venta de las autorizaciones entre empresas o profesionales se limita bastante al obligar al adquiriente de la autorización del que la abandona, a disponer inicialmente de tres vehículos para acceder a la actividad.
Hasta ahora, si se compraba una autorización a un profesional o empresa que tenía un solo vehículo la norma permitía al comprador seguir manteniendo un solo vehículo para acceder al mercado. Por lo tanto, independientemente del número de vehículos que tenga el que abandona el sector, el que compra la autorización tiene obligatoriamente de tener un mínimo de tres vehículos.
Con esta modificación, “en la práctica el valor patrimonial que tenían las autorizaciones de transporte se queda en cero porque quién va a comprar una autorización si te obligan a tener un mínimo de tres vehículos”, se pregunta una voz autorizada del CNTC que prefiere mantener el anonimato hasta que el organismo no se pronuncie oficialmente.
Cooperativistas que se transforman en mercantil
Aparte, la modificación de la orden ministerial también incluye una disposición transitoria que permite a los socios de cooperativas afectadas por la nueva LOTT que pueden promover una empresa de transporte. Por ello, se les exime del requisito de antigüedad de los vehículos de hasta un máximo de cinco meses que se exige para las empresas o profesionales que entran por primera vez en el mercado de transporte.
Es decir, los cooperativistas que se animen a montar una mercantil de transporte pueden aportar los vehículos que tienen en la cooperativa que abandonan, independientemente de la antigüedad de los mismos. En cualquier caso, tiene que ser un mínimo de tres vehículos.
No obstante, esta excepción tendrá una duración muy limitada, hasta el 30 de junio. Dado que la previsión es que la nueva orden entren en vigor en abril, el plazo que se concede para que los cooperativistas que lo deseen se transformen en sociedad mercantil es muy corto, de apenas dos meses. Así, a partir del 1 de julio la exención decae y los vehículos que aporten tendrá que tener, como máximo, la referida antigüedad de cinco meses.
A pesar de lo limitado del plazo que se da a los socios de cooperativas, fuentes del sector han reconocido a cadenadesuministro.es que “todo lo que suponga dar una solución a las cooperativas cuyos socios no puedan continuar con el régimen que les impone la nueva LOTT es positivo. Es una posible salida para seguir ejerciendo la actividad”.