Anteproyecto de Ley de Carreterasse puede descargar en este enlace (disponible en formato pdf, de 13 páginas, 877 Kb).
La ministra de Fomento, Ana Pastor, ha presentado en Consejo de Ministros del viernes 17 de abril el anteproyecto de la Ley de Carreteras, un nuevo texto que adecua la legislación a la evolución de la red viaria desde la puesta en marcha de la Ley vigente de 1988.
Entre otras novedades, la nueva norma impide temporalmente las recalificaciones de suelos por parte de las administraciones autonómicas o locales durante el proceso de planificación de una carretera. Se mejoran así los sistemas de coordinación entre administraciones en lo que se refiere a planificación viaria y ordenación del territorio. Además, se busca evitar posibles actuaciones especulativas sobre el terreno que puedan generarse durante la planificación y el desarrollo de una nueva infraestructura.
Aparcamientos seguros
La nueva Ley también articula medidas para la mejora de la seguridad vial, imponiendo la obligación de evaluaciones de impacto sobre la seguridad vial en la planificación de nuevas carreteras y auditorías de seguridad viaria en la fase previa a la puesta en servicio y durante la explotación.
Las Directivas Europeas establecen estas obligaciones en los tramos incluidos en las Redes Transeuropeas. La nueva Ley extiende esta obligación a toda la Red de Carreteras del Estado.
Por otro lado, permitirá que la promoción de las áreas de servicio se realice mediante iniciativa privada, orientada a mejorar la explotación de la carretera y el servicio a los usuarios. Por lo tanto, además de las áreas de servicio promovidas por el Ministerio de Fomento, cualquier interesado podrá solicitar la concesión y promover el desarrollo de un área de servicio.
En cuanto al aparcamiento, el texto establece la necesidad de facilitar aparcamientos seguros. Se trata de áreas de descanso que dispondrán de características y servicios específicos para garantizar la seguridad de los conductores, sus vehículos y mercancías, tales como vallado perimetral, iluminación, cámaras de vídeo-vigilancia o accesos controlados por barreras de seguridad.
Sistemas inteligentes de transporte
La Ley incluye, además, entre las competencias del Ministerio de Fomento, el establecimiento de determinados equipamientos, como los sistemas inteligentes de transporte. Es el caso de sistemas electrónicos, informáticos y telemáticos, para mejorar la explotación del sistema viario y la circulación en la carretera.
También se incrementan las cuantías de las sanciones establecidas en la normativa de autopistas de 1973 en los casos de incumplimiento en la prestación del servicio viario. La cuantía de la sanción máxima se fija en 15.000 euros, lo que permitirá un cumplimiento más eficaz de las obligaciones por el concesionario.
Publicidad en las carreteras
Asimismo, se introducen medidas más eficaces de protección del patrimonio público viario. De este modo, se faculta a la Dirección General de Carreteras a requerir a los infractores la restitución de la legalidad viaria.
Se mantiene además la prohibición de publicidad, visible desde las calzadas, fuera de los tramos urbanos. No obstante, como novedad se contempla que el Ministerio de Fomento podrá ordenar, incluso en las travesías, la retirada de publicidad que pueda afectar a la seguridad viaria o la adecuada explotación de la vía.