El Ministerio de Fomento ha respondido a una de las inquietudes planteadas por el sector del transporte y ha incluido en el Plan de Inspección para 2018 una actuación prioritaria contra las cooperativas, que contempla multas de hasta 4.001 euros por infracción muy grave tanto para la propia cooperativa como para el socio que factura su actividad como servicios de transporte.
Esto implica, además, la pérdida del requisito de honorabilidad y de las autorizaciones de transporte, según indica Fomento en una circular que ya está remitiendo a todas las cooperativas, tal y como recoge Fenadismer.
La reforma de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres, LOTT, en vigor desde 2013, recogía la prohibición de que las que fueran titulares de autorizaciones de transporte pudieran contratar la actividad profesional de sus socios como si fueran transportistas.
Esto obligó a adecuar la tributación fiscal de sus socios o a que los profesionales iniciaran la actividad de transporte por cuenta propia, según el Real Decreto 937/2014 de noviembre de 2014. De hecho, casi todas las cooperativas de trabajo existentes hasta entonces adaptaron su régimen tributario a la nueva regulación.
Sin embargo, las sucesivas prórrogas del mantenimiento del régimen de módulos aprobadas por el Gobierno en 2016 y 2017 han fomentado la aparición de nuevas cooperativas, especialmente en Cataluña, aunque con sucursales en otras Comunidades Autónomas.
Como denuncian desde la Federación, "ofertan públicamente y sin ningún recato" a los socios la posibilidad de acogerse al régimen de módulos, en contra de la legalidad vigente y contribuyendo al descrédito del resto de cooperativas que actúan conforme a la legislación vigente.