El Boletín Oficial del Estado acaba de publicar este lunes 4 de febrero la resolución de la Secretaría de Estado de Infraestructuras, Transporte y Vivienda, por la que se convocan ayudas a transportistas autónomos por carretera que abandonen la actividad para el año 2013. Las bases reguladoras de estas ayudas están recogidas en la Orden del ministerio de Fomento 2835/2012, de 17 noviembre.
Las ayudas se otorgarán con cargo a la aplicación presupuestaria del programa de medidas para la mejora del sector del transporte por carretera» y la cuantía máxima será de 11.350.000 euros. No obstante, la concesión de las ayudas queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la resolución de concesión.
La edad mínima de los solicitantes deberá ser igual o superior a sesenta y tres años y el plazo de presentación de las solicitudes será de un mes a partir de mañana martes 5 de febrero, según detalla el BOE.
Las bases reguladoras de estas ayudas determinan que para su otorgamiento se tendrá en cuenta la declaración de incapacidad permanente absoluta o total para el desempeño de la profesión habitual de transportista y la mayor edad de los transportistas.
La ponderación de dichos criterios se dará preferencia, en primer lugar, a quienes se les haya declarado incapacidad permanente absoluta o total para el desempeño de la profesión habitual de transportista. En cuanto a los demás beneficiarios se elaborará una relación de posibles beneficiarios por orden descendente de edad. Las ayudas se otorgarán a los que ocupen los primeros lugares en la relación de beneficiarios así elaborada.