Firmado el convenio colectivo de los remolcadores de Gran Canaria

Durante la vigencia del nuevo convenio, se constituirá una Comisión Paritaria, formada por tres miembros de Sitramar y tres de Fedeport.

29/06/2022 a las 10:49 h

Convenio colectivo del sector del remolque de Gran Canaria que se puede descargar en este enlace (disponible en formato pdf, de 19 páginas y 82 Kb).

Tras varios meses de negociación, el Sindicato de Trabajadores del Mar y la Federación Canaria de Empresas Portuarias, Fedeport, han firmado recientemente el Convenio Colectivo del sector del remolque de Gran Canaria, ya publicado en el BOP, que afecta a los puertos de Las Palmas, Salinetas, Arinaga y Agaete.

El primero representa a la mayor parte de los servicios portuarios básicos, incluido el de remolque, donde es mayoritario, y el segundo es la federación regional más representativa en el ámbito portuario con representación en los servicios de remolque, al pasaje, consignatarias, practicaje, amarre, operaciones de carga y descarga.

También en lo referido a terminales, operaciones logísticas, avituallamiento, suministro de combustible, reparaciones navales, trámites aduaneros y sanitarios, servicios auxiliares, almacenamiento a temperatura controlada y seco, transitarias, industria de transformación, pesca, importación y exportación, y residuos Marpol y revalorizables, entre otros.

Miguel Martell, asesor de Sitramar y José Juan Ramos, presidente de Fedeport, han sido los encargados de presentar oficialmente el Convenio Colectivo, que tendrá una vigencia de 10 años y garantiza la estabilidad, tanto profesional como laboral, del sector.

Durante la vigencia del nuevo convenio, se constituirá una Comisión Paritaria, formada por tres miembros de Sitramar y tres de Fedeport, que vigilará el cumplimiento de lo pactado y actuará en los conflictos jurídicos o de interés para el convenio, así como en los de interpretación o aplicación de los acuerdos de empresa, o las revisiones salariales.

En este sentido, a partir del año 2022 y sucesivos de vigencia del presente convenio, se incrementarán todos los conceptos económicos y salariales en el mismo porcentaje que el IPC nacional del año anterior, más un 0,5%. No será de aplicación este índice de referencia cuando la variación del mismo durante el año anterior, sea negativa.

El convenio es aplicable a todas las zonas de servicio de los puertos comerciales y autonómicos de Gran Canaria, donde se realicen las actividades descritas en el ámbito funcional del presente convenio.

La jornada de trabajo pactada será de 1.826 horas de trabajo efectivo en cómputo anual, con 30 días naturales de vacaciones al año. Por otro lado, las empresas incluidas en el ámbito funcional del convenio se comprometen a mantener al menos al 75% de su plantilla fija.

 

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