Tras conocerse el oficio remitido por la Fiscalía a las policías competentes en materia de tráfico para que instruyan atestados por delito de falsedad en documento oficialen casos de manipulación del tacógrafo, en Fenadismer han explicado que consideran "desproporcionado" el castigo por vía penal salvo que haya un riesgo real para la seguridad vial.
La manipulación supone "un claro supuesto de competencia desleal" para otros transportistas, por lo que en su opinión "debe ser sancionado severamente", en vía administrativa. En este sentido, recuerdan que la calificación de manipulación solamente la puede realizar el agente en carretera, lo que puede llevar a deficiencias técnicas o errores involuntarios.
Esto puede ocasionar una situación de "indefensión" para el transportista, por lo que aseguran que estarán vigilantes ante las posibles consecuencias jurídicas que pudiera representar este cambio de criterio.
En el texto remitido por la Fiscalía, se explica el nuevo tratamiento de estos casos tras la doctrina dictada por el Supremo, que considera como “merecedora de calificación jurídica penal como delito de falsedad en documento oficial” toda manipulación fraudulenta de un tacógrafo que dé “como resultado la alteración de los registros del instrumento, realizada con la finalidad de sortear los controles policiales y administrativos”.
El Tribunal considera delictivas las alteraciones técnicas de los parámetros de calibración en los neumáticos o la caja de cambios, la colocación de imanes, la duplicación de sensores de movimiento, el hackeo del software o la utilización de discos diagrama falsificados o a nombre de otro conductor.
En cuanto al autor del delito, sería el propio conductor, sin perjuicio de que hubiera otros responsables relacionados con la manipulación. Entre ellos, la empresa transportista, el taller o incluso la empresa cargadora.