El Paquete Comunitario de la Carretera que la Comisión Europea y los países miembros de la UE debaten actualmente se basa en una "norma de máximos", unos "requisitos inamovibles que ningún país podrá alterar"en torno a cuatro cuestiones clave: pérdida de honorabilidad, establecimiento efectivo, competencia profesional y capacidad financiera.
La profesora de la Universidad de Valencia Mireia Llobera ha explicado, en el marco del IV Congreso de Transporte Frigorífico de Atfrie, la transición normativa que está llamada a cambiar el panorama del transporte por carreteraen los próximos cuatro o cinco años.
En última instancia, según la profesora, la intención de la Comisión Europea es una armonización prácticamente plena en determinadas cuestiones, lo que limitaría las competencias de los países y les obligaría a ser mucho más rigurosos en lo que respecta a los requisitos de honorabilidad y la lucha contra las empresas buzón.
Hasta ahora, los reglamentos comunitarios dejaban muchísimo margen a los estados para que aplicasen un tipo de normativa más o menos restrictiva, lo que ha redundado en unas grandes diferencias normativas entre estados que Europa quiere limitar.
Nuevas sanciones para la pérdida de la honorabilidad
Aunque ya hay sobre la mesa un gran número de infracciones que conllevan la pérdida de honorabilidad, la Comisión está planteando que se incorporen los incumplimientos en materia fiscal y laboral.
La propuesta europea habla de incumplimientos, por una parte, de las normas relativas al desplazamiento trasnacional de los trabajadores y, por otro lado, a las normas relativas a la elección de ley aplicable, reglamento Roma I.
Si estas normas se llegan a aprobar"vamos a tener un marco jurídico un poco más previsible y armonizado" pero, hasta que esto ocurra, en el sector seguirá reinando una inseguridad jurídica. "Los transportistas no saben cuándo y cómo los pueden sancionar", asegura Llobera.
Armonización completa en algunos puntos
Europa busca una armonización completa para el acceso al mercado y para el desplazamiento de los trabajadores, lo que conlleva "ser mucho más estricto en estas cosas", explica la profesora.
En lo que respecta al establecimiento efectivo, lo que viene a futuro es un articulado que exige que se ejerza de manera efectiva no sólo las operaciones de vehículos si no también las actividades administrativas y comerciales.
Otros dos requisitos cuya exigencia se está planteando es la necesidad de contar con contratos comerciales y laborales en los locales de la empresa, cuestión que actualmente no se exige y, por otra parte, una exigencia a las empresas que empleen y tengan el activo personal en el país de establecimiento en proporción a la actividadque desarrollen allí.
Mireia Llobera explica lo que viene de Europa para los próximos cuatro o cinco años.
Desplazamiento para los trabajadores
La Comisión plantea una normativa específica para el sector del transporte por carretera ya que el Reglamento actual "no se ajusta a las necesidades del sector". El organismo no considera necesario aplicar salarios localessiempre que el desplazamiento sea inferior a tres días. Si se supera este desplazamiento, habría que pagar salario mínimo y vacaciones anuales del país de destino.
Europa también concreta qué es una jornada diaria: todo trabajo inferior a seis horas es media jornada y todo lo que supere estas seis horas sería computado como jornada completa a la hora de establecer los tres días.
Requisitos y documentos
Actualmente ya está en marcha el sistema transfronterizo de infracciones, con lo que la Inspección de Trabajo ya puede imponer sanciones en otro país comunitario, pero la norma no deja de plantear muchos problemas interpretativos y muchos países lo están aprovechando para proteger su propio mercado.
En este ámbito, la postura de la Comisión es la de eliminar cargas y obstáculos de tipo administrativo. Así, establecerá una serie de documentos a exigir y cualquier otro estará prohibido.
En la declaración previa al transporte, los datos a exigir son la identidad del operador, datos de contacto del gestor, identidad de los operadores, fechas de desplazamiento, matriculas y tipos de servicio.
En cuanto a la documentación, habrá cinco documentos que se pueden pedir y no se puede añadir nada más: copia de la declaración de desplazamiento, pruebas de la operación del transporte, datos del tacógrafo, copia del transporte y copia de los dos últimos meses de la nómina.
Dos requisitos para los vehículos ligeros
Hasta ahora los vehículos ligeros no estaban incluidos en los reglamentos que regulan el transporte por carretera, pero los estados tenían la posibilidad de incluirlos, lo que ha ocasionado diferencias de trato.
Lo que la Comisión está planteando es obligar al menos a cumplir dos de estos requisitos a los que trabajen con vehículos ligeros: establecimiento efectivo y capacidad financiera. En los otros dos, capacidad financiera y capacitación profesional, se daría libertad a los estados para exigirlos o no. En lo que se refiere a la capacidad financiera, se establecen condiciones específicas menos exigentes.
Por otro lado, Llobera considera "coherente" con el pensamiento de la Comisión el querer establecer un cabotaje por días, se habla de cinco, y no por operaciones, ya que se eliminaría la carga burocráticaal no tener que acreditar cada una de las operaciones de cabotaje.