Las Autoridades Nacionales de Seguridad (ANS) ferroviarias de Portugal y la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria (AESF) de España, han suscrito un acuerdo de cooperación con el objetivo de establecer un marco de supervisión conjunta a empresas ferroviarias que operen en ambos países.
El acuerdo define las condiciones prácticas de aplicación de los reglamentos que desarrollan la Directiva 2016/798 del Parlamento Europeo y del Consejo de 11 de mayo de 2016, sobre la seguridad ferroviaria, en relación a la gestión de la seguridad y sobre la supervisión por parte de las autoridades nacionales de seguridad.
Ambas instituciones se comprometen a colaborar para incorporar enfoques comunes en materia de supervisión, cara a asegurar a que el sistema de gestión de la seguridad aplicado por las empresas ferroviarias comunes, tanto en España como en Portugal, cubra todas las actividades pertinentes.
Esto permitirá garantizar la gestión y el control de los riesgos en materia de seguridad. Además de que las empresas ferroviarias comunes respeten las reglas nacionales de seguridad vigentes en ambos países.
La regulación comunitaria establece que, ante el caso particular de empresas ferroviarias que operen en más de un estado miembro, las autoridades nacionales de ambos países deben coordinar su enfoque.
Para ello, deben llevar a cabo acuerdos de supervisión en los que se especifique la información a compartir, la estrategia y el plan de supervisión de cada una de ellas. Así como cualquier resultado relevante para propiciar un marco común respecto a los casos de incumplimiento.
Dicho acuerdo también establece los trabajos a desarrollar entre ambas autoridades en esta materia, el procedimiento de trabajo, así como la información a intercambiar durante la realización del mismo.