En 2016, los tribunales ya anularon las restricciones al tráfico de vehículos comerciales en el centro de Madrid.
Parece que el ayuntamiento madrileño de Manuela Carmena no escarmienta, cayendo en los mismos errores de hace un año. Se repite la situación de hace un año, cuando el ayuntamiento madrileño, después de haber impuesto restricciones a la distribución en la zona centro de Madrid, tuvo que retirarlas tras la suspensión impuesta por la justicia madrileña, ante la demanda presentada por la patronal UNO.
Un año después es el Comité Madrileño de Transporte por Carretera quien ha tomado la decisión de llevar a los tribunales las restricciones de circulación impuestas a los vehículos comerciales en la Gran Vía y el distrito Centro de Madrid durante estas próximas navidades, entre el 1 de diciembre y el 7 de enero de 2018.
Los transportistas estiman que el sector no tiene ninguna opción alternativa para acceder a estas zonas y destaca la gran implantación de locales de restauración, hostelería y comercio que existe en el área central de la capital a los que hay que abastecer en un período álgido de consumo y afluencia.
Además, a juicio del presidente de Atradice, Cristóbal San Juan, “los representantes del Ayuntamiento de Madrid han optado, como ya hicieran con el plan A, por la vía de la imposición, el diálogo ha sido nulo, se mantuvo una reunión sin ningún ánimo de escuchar al sector, se cubrió el expediente y punto, no se nos dio traslado a las asociaciones del borrador de las medidas a pesar de haberlo solicitado”.
Para este 2017, la normativa del Ayuntamiento de Madrid prohibe circular a vehículos de más de 3,5 toneladas de de MMA por la Gran Vía entre las 11 de la mañana y las 11 de la noche desde el 1 de diciembre al 7 de enero de 2018 y establece que las operaciones de carga y descarga en esta arteria madrileña tendrán que realizarse entre las 11 de la noche a 11 de la mañana.
De igual modo, las labores de carga y descarga en las calles de acceso restringido del distrito Centro se circunscribirá a las horas que van desde las ocho de la mañana a la una de la tarde.
Hay que recordar que en 2016, el Juzgado de lo Contencioso- Administrativo nº30 de Madrid ya anuló y dejó sin efecto las restricciones del Ayuntamiento de Madrid de las navidades del año pasado por considerar que no existían razones de interés general que ampararan la medida, lo que supuso una barrera discriminatoria para las actividades económicas de la zona y una vulneración de la normativa del servicio postal universal.