El Tribunal Supremo ha dictado en abril una sentencia que se ha conocido este pasado miércoles, que declara nulo el convenio colectivo provincial de Granada por falta de legitimidad de las organizaciones empresariales y sindicales.
La decisión del Alto Tribunal confirma un fallo anterior del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en relación a la negociación colectiva en el sector del transporte de mercancías por carretera, al, como informa Fenadismer, "deslegitimar el pretendido monopolio que han venido ejerciendo históricamente asociaciones territoriales de CETM en numerosas provincias españolas en la negociación de los convenios colectivos, basándolo en un simple auto-reconocimiento de representatividad con las organizaciones sindicales, excluyendo sistemáticamente de participar en dicha negociación a las asociaciones territoriales de Fenadismer, pese a su representatividad real".
Según la organización empresarial "la sentencia supone un importante precedente en materia de negociación colectiva, ya que “echa por tierra” la presunta legitimidad de las partes para negociar basada exclusivamente en el reconocimiento recíproco, excluyendo a terceros, sino que tendrán que cuidar de acreditar su representatividad si quieren alcanzar y mantener el carácter estatutario o de eficacia general en el ámbito de aplicación del convenio".
A raíz de esta decisión judicial, Fenadismer se plantea el objetivo de formar parte de la negociación del III Acuerdo General Estatal ya en marcha, con la intención, como explica, de "poder defender adecuadamente los intereses de las pequeñas y medianas empresas de transporte por carretera en el ámbito laboral en España".