Este pasado lunes 1 de Septiembre, la Eurodiputada española Izaskun Bilbao ha planteado una pregunta parlamentaria dirigida a la Comisión Europea, sobre la ley aprobada por la Asamblea Nacional Francesa el pasado mes de julio, que penaliza a los conductores que realicen el descanso semanal obligatorio en la cabina del vehículo en territorio francés.
Cabe recordar que las sanciones que se pueden aplicar a los transportistas que no proporcionen a los conductores un lugar para realizar el descanso pueden alcanzar un año de prisión y multa de 30.000 euros.
Poco después de ser aprobada la medida, las asociaciones de transportistas españolas arremetieron contra está nueva prohibición que definieron como una política proteccionista enfocada a paliar la pérdida de competitividad que este sector ha experimentado en su país, y criticaron lo desproporcionado de las sanciones.
En particular, desde Fenadismer ya plantearon a la Comisión Europea en abril que analizase la legalidad de lo que era aún un anteproyecto de ley. De hecho, esta misma semana, la asociación ha recibido la respuesta de la Comunidad Europea, que afirma que la normativa de la UE en ningún momento prohíbe el descanso en el vehículo.
El Parlamento toma partido
Ante el hecho de que el país vecino no parece dispuesto a replantearse la legalidad de este decreto ley, los eurodiputados españoles también han tomado cartas en el asunto.
Izaskun Bilbao ha planteado a la Comisión la irracionalidad e imposibilidad de cumplimiento de dicha prohibición, por cuanto en Francia no existe infraestructura hotelera suficiente para alojar a los cientos de miles de conductores profesionales que circulan por sus carreteras.
Además, las compañías aseguradoras no cubren un eventual robo de las mercancías que se transportan en el caso de que el conductor abandone el vehículo, con los consiguientes perjuicios para el transportista.
Sobre la base de estos argumentos se ha interpelado a la Comisión Europea para que se pronuncie sobre si la nueva normativa francesa y las sanciones que prevé pueden ser consideradas proporcionadas, así como si dispone de alguna evaluación sobre la relación entre los servicios existentes y la demanda prevista por la aplicación de esta normativa y el impacto que la misma tendrá sobre el sector.