El Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente ha resuelto positivamente la declaración de impacto ambiental del proyecto de ampliación del muelle de poniente del puerto de Almería en su Modificación 2.
La resolución ministerial, publicada este jueves en el BOE, entiende que de acuerdo con la evaluación de impacto ambiental practicada según la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos, “no es previsible que el proyecto de ampliación del muelle de poniente del puerto de Almería, cumpliendo los requisitos ambientales que se desprenden de la presente Resolución, vaya a producir impactos adversos significativos”.
Se cierra así un largo proceso que originariamente se inició en el año 2001 cuando la entonces Secretaría General de Medio Ambiente formuló la declaración de impacto ambiental del proyecto Ampliación del muelle de poniente del puerto de Almería. Entre otras cosas este proyecto contemplaba la construcción de un dique exento en paralelo y a 550 m. de distancia del muelle de poniente que se ampliaba.
Ya en 2007 Puertos del Estado remitió a la entonces Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental la modificación del proyecto de ampliación del muelle de poniente del puerto de Almería. Dicha modificación consistía en el alejamiento del dique exento pasando de los 550 m. de distancia al muelle de poniente a los 720 m. en el modificado, manteniendo su paralelismo con dicho muelle.
En ese momento, la entonces Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental comunicó que, de acuerdo con la documentación presentada, la actuación no debía someterse al procedimiento de evaluación de impacto ambiental.
Pero el 4 de junio de 2010, la Autoridad Portuaria de Almería volvió a remitir la documentación ambiental del proyecto Modificación 2 del proyecto de ampliación del muelle de poniente del puerto de Almería. Dicha autoridad entiende que la nueva planta proyectada no introduce ninguna incidencia medioambiental nueva sobre lo ya evaluado, y eleva el proyecto a la consideración de la entonces Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental.
El proyecto objeto de la última resolución contempla una nueva modificación del dique exento. Se plantea un dique oblicuo respecto del muelle de poniente, de la misma longitud que el planteado en el proyecto original (1.250 m.), con su extremo noroeste situado en las cercanías de la dársena pesquera a 360 m. del muelle de poniente, y el extremo opuesto en la misma situación aproximada que el dique del proyecto original. El objeto de la modificación es mejorar la operatividad y permitir nuevos tráficos además de los correspondientes a graneles sólidos.