Como parte del Real Decreto Ley de medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania, el Gobierno también ha querido tener en cuenta los efectos que tiene la actual coyuntura sobre el transporte ferroviario.
En este sentido, el Ejecutivo defiende que "el ferrocarril es un modo de transporte esencial de cara a la promoción de un sistema de movilidad al servicio de todos los ciudadanos que garantice la equidad social en el conjunto del territorio" y alerta de un "posible efecto expulsión del transporte ferroviario, ya sea de viajeros o de mercancías, como consecuencia del incremento de los costes de las empresas ferroviarias".
Sistema de ayudas directas
Como consecuencia, el Gobierno ha decidido poner en marcha un sistema de ayudas directas, en definitiva de incremento de deuda pública, vigente desde el 1 de abril y hasta el 30 de junio, para operadores ferroviarios privados sobre la base de que "el incremento de estos costes está perjudicando de forma significativa las cuentas de resultados de los operadores, tanto de viajeros como de mercancías", con el fin de paliar el efecto perjudicial del incremento de los costes de los productos petrolíferos ocasionados como consecuencia de la invasión de Ucrania y las sanciones impuestas a Rusia por su causa.
El importe total de las ayudas ascenderá a 1.815.000 euros y su gestión correrá a cargo del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, de tal modo que el importe por empresa de la ayuda se determinará atendiendo al número de locomotoras de tracción diésel explotadas por cada beneficiario, a razón de 15.000 euros por locomotora, sin que en ningún caso el importe resultante pueda superar la cantidad de 400.000 euros por empresa.
Los operadores dispondrán de un plazo de 30 días desde la entrada en vigor de la norma este 31 de marzo para solicitar estas ayudas.
Ayudas por sobrecostes energéticos en tracción
Así mismo, el Estado también considera necesario abordar una reforma de la Ley del Sector Eléctrico que permita reducir el incremento de costes, aunque transitoriamente y hasta que se produzcan estos cambios regulatorios, como medida de carácter urgente y extraordinario, se recoge una compensación a las empresas ferroviarias privadas que realicen servicios de mercancías por el sobrecoste de la energía de tracción de los trenes, que se realizará a través del administrador de infraestructuras ferroviarias.
Concretamente, el importe recibido por el administrador de infraestructuras será repercutido entre las empresas ferroviarias operadoras privadas de transporte de mercancías con la misma distribución mensual que la factura por el consumo de tracción que les realiza el administrador de infraestructuras, con una repercusión máxima por operador de dos millones de euros al mes, desde el 1 de abril hasta el 30 de junio.
El Gobierno ha articulado un crédito extraordinario por importe de tres millones de euros para estas ayudas.