Expediente Informativo del CRF 2012002 sobre las "Terminales Ferroviarias y los Servicios Adicionales Complementarios y Auxiliares" disponible para su descarga en formato pdf, de 5 págs y 143 Kb.
En el año de existencia con independencia funcional plena desde su constitución, el CRF ha ido adaptando su estructura al nuevo escenario del sector ferroviario.
Su objetivo ha sido conocer a fondo el mercado y llegar a identificar los elementos más importantes que pueden poner freno al acceso de nuevas empresas, así como al desarrollo de la actividad de las que ya están en el mercado.
Un primer problema detectado lo fué en relación con los cánones ferroviarios, que desembocó en un expediente informativo que ha dado lugar a una resolución con recomendaciones para la modificación de la actual Ley del Sector Ferroviario, con el objeto de eliminar o corregir algunas cuestiones que resultan discriminatorias para las empresas entrantes.
Otra de las cuestiones con la que se ha encontrado el CRF, ha sido la relativa al régimen y funcionamiento de las terminales ferroviarias, así como de los servicios necesarios para el correcto funcionamiento de las operaciones ferroviarias.
Ya en 2010, con motivo de la elaboración y presentación del llamado Plan Estratégico de Impulso del Transporte de Mercancías por Ferrocarril, se detectaron diversos aspectos que se referían a la gestión y las infraestructuras, tanto lineales como nodales, por lo que una parte del diagnóstico se encuentra realizado en ese documento.
A pesar de lo cual existen elementos susceptibles de mejora, que inciden en el funcionamiento del mercado, como es el régimen de funcionamiento de las terminales gestionadas por Adif, la gestión privada de éstas, la fijación de cánones tarifas y precios, la autoprestación de servicios o el acceso a las terminales, horarios, y la información en la Declaración de Red..
Tomando como punto de partida la situación legal de las terminales ferroviarias y de los servicios adicionales, complementarios y auxiliares, el CRF ha decidido llevar a cabo un estudio propio, mediante un expediente informativo.
Además, el CRF, como supervisor especializado en el ferrocarril, va a colaborar con la Comisión Nacional de la Competencia en el expediente que éste ha abierto para conocer las claves de la competencia en el mercado del transporte ferroviario de mercancías, de forma que los datos y conocimientos del CRF servirán también al objeto de la elaboración del informe de la CNC.
Para la presentación de escritos oficiales al Comité de Regulación Ferroviaria en la dirección de correo crf@fomento.es o en Paseo de la Castellana 67, 8ª planta despacho A-837 28071-Madrid. tel.: 91 597 52 63.