El Juzgado de lo Social número 14 de Madrid ha declarado en una reciente sentencia que existe relación laboralentre Amazon y 2.166 de los repartidores de su servicio Flex, según informa UGT.
El sindicato destaca que el auto descarta que la empresa opere como mera intermediaria entre los comercios y repartidores al señalar que “concurren en definitiva, los elementos de dependencia y ajenidad, que determinan calificar las relaciones jurídicas analizadas a las que se refiere el acta de liquidación, como relaciones laborales comunes, lo que supone estimar la demanda de declarando que las personas reflejadas mantuvieron una relación laboral con Amazon Spain Fulfillment, en los períodos concretos en los que cada uno de ellos prestó servicios dentro del periodo que abarca el acta de liquidación“.
Según UGT, el juzgado considera "que el concepto de trabajador por cuenta ajena, consolidado en el TJUE, contempla una noción de contrato de trabajo más amplia", como la que ya tiene la Ley Rider y que, como destaca, "tiene en cuenta la aparición de empresas que prestan servicios a través de las nuevas tecnologías y plataformas digitales".
Esta nueva sentencia supone un paso más en el continuo asedioque se vive desde diversos frentes contra ciertas prácticas laborales que llevan a cabo las plataformas digitales de reparto y que bordean, cuando no traspasan claramente, los límites legales de la Unión Europea.