El pasado 29 de mayo el Consejo de la Comisión Nacional de la Competencia, CNC, a propuesta de la Dirección de Investigación acordó el inicio de la segunda fase del análisis de la operación de concentración contra Boyacá, Redprensa y RDE.
Esta investigación comenzó al considerar que existían posibles obstáculos para el mantenimiento de la competencia efectiva en distintos mercados relacionados con la distribución de publicaciones periódicas en España, en particular, en el mercado de distribución mayorista de prensa diaria.
Esta operación de concentración fue notificada el 10 de mayo ala CNC, y consiste en la adquisición por parte de Distribuciones Generales Boyacá, del control exclusivo de Dima Distribución Integral; Distribuidora de Publicaciones Boreal; Cirpress; Distribuciones Papiro; Grupo Cronos Distribución Integral; Distrimedios; y Grupo Distribución Editorial de Revistas, a través de la compra del 100% del capital social de Redprensa y de Red de Distribuciones Editoriales (RDE).
Como consecuencia de la operación de concentración notificada, Boyacá pasaría a configurarse como un operador de distribución de publicaciones periódicas que actuaría a nivel nacional, estaría verticalmente integrado con las actividades de transporte nacional de publicaciones periódicas, y controlaría las principales redes de distribución de prensa diaria en numerosos ámbitos geográficos de España.
Asimismo, los acuerdos de distribución exclusiva firmados por Boyacá con los grupos vendedores, Prisa y Unidad Editorial, así como las participaciones minoritarias que adquiriría en otras distribuidoras de publicaciones periódicas que actúan en terceros ámbitos geográficos de España, podrían reforzar los efectos restrictivos de la competencia derivados de la operación de concentración frente a terceros distribuidores, editores y puntos de venta de publicaciones periódicas.
El paso a la segunda fase del procedimiento de control de concentraciones no prejuzga las conclusiones definitivas que la CNC pueda alcanzar en relación con esta operación de concentración.
Durante esta segunda fase, la CNC requerirá información a distintos operadores en los mercados afectados, a fin de completar la información de la que dispone sobre los mismos. Adicionalmente, Boyacá y terceros interesados podrán alegar cuanto estimen conveniente para la defensa de sus legítimos intereses.
El Consejo de la CNC dispone de un plazo de dos meses para adoptar, tras un análisis en profundidad de la información disponible y de las alegaciones presentadas, una resolución autorizando, acordando compromisos, subordinando a condiciones o prohibiendo la operación de concentración.