La Plataforma y Ciudadanos plantean que la Agencia Tributaria imponga un recargo del 10% en su liquidación a los clientes que no hayan realizado el pago en plazo.
La Plataforma Multisectorial contra la Morosidad, PMcM, ha mantenido una reunión con Ciudadanos con el fin de impulsar acuerdos definitivos para solucionar el problema de la morosidad. En este sentido, el partido ha manifestado su compromiso para implantar un régimen sancionador que penalice a las empresas morosas, así como la modificación de la Ley de Contratación Pública.
En este sentido, la formación ha respaldado las enmiendas presentadas por PMcM con Pimec y CEAC sobre la comprobación obligatoria de los plazos de pago de los contratistas a los subcontratistas y la eliminación de la posibilidad de pactar plazos superiores a los legales.
Tanto la Plataforma como Ciudadanos coinciden en que "no puede haber una Ley de Morosidad sin un código de sanción”, por lo que urgen a que continúe la tramitación de la normativa. El objetivo de PMcM es lograr un acuerdo antes del 20 de abril, cuando celebrará en Madrid su IV Cumbre Político-Empresarial.
No obstante, en cuanto al plazo máximo de aprobación de certificaciones, el partido lo fija en 45 días frente a los 30 de PMcM. En cuanto a la eliminación del ejercicio de la acción directa de los subcontratistas frente a la Administración, propone permitirla si se establece la posibilidad en los pliegos de licitación.
Recuperación del IVA no cobrado
Por otro lado, en la reunión se ha hecho hincapié en la necesidad de agilizar la recuperación del IVA no cobrado para mitigar el efecto sobre la liquidez de pymes, microempresas y autónomos, que produce el retraso en el pago por parte de sus clientes.
El procedimiento consistiría en emitir la factura al realizar la operación, con la repercusión del IVA correspondiente, que se debe ingresar en la Agencia Española de Administración Tributaria, AEAT. Transcurrido un mes desde el cumplimiento del plazo máximo legal de pago, el emisor deberá notificarlo y rectificar la factura emitida, anulando la repercusión del IVA.
Por tanto, en la declaración subsiguiente, se deducirá el IVA previamente ingresado, mientras que la AEAT tendrá que enviar al cliente una liquidación del IVA incrementada con un cargo del 10%.