El Consejo de Ministros de esta misma semana ha aprobado un Real Decreto de modificación del Código Técnico de la Edificación que ha sido publicado en el Boletín Oficial del Estado este miércoles, 15 de junio, con lo que entra en vigor el jueves 16.
Los cambios normativos introducidos tienen los objetivos de facilitar el despliegue de la infraestructura de recarga para el impulso del vehículo eléctrico y de mejorar la eficiencia energética de los edificios.
Así pues, se ha introducido una nueva sección en el Código Técnico de la Edificación correspondiente al Documento Básico de Ahorro de Energía, en el que, según el Gobierno, se fija la dotación mínima de infraestructura de recarga de vehículos eléctricos con la que deben contar los edificios nuevos y las intervenciones en edificios existentes de determinada entidad.
Estas exigencias son diferentes en función de que los edificios se destinen a un uso residencial privado o a otros usos distintos , de tal modo que, para los edificios de usos distintos al residencial privado, con más de diez plazas de aparcamiento, la norma exige canalizaciones que sirvan como preinstalación de las infraestructuras de recarga para el 20% de las plazas de aparcamiento, así como la instalación de un punto de recarga cada cuarenta plazas o fracción.
Así mismo, el Real Decreto también modifica el Real Decreto que aprueba la Instrucción Técnica Complementaria del Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión, para establecer nuevas dotaciones mínimas de infraestructura de recarga de vehículo eléctrico asociadas tanto a edificaciones como a estacionamientos no adscritos a edificaciones.
Eficiencia energética de los edificios
Por otra parte, el Real Decreto también introduce modificaciones en la mejora de la eficiencia energética de los edificios en línea con las recientes iniciativas legislativas tanto nacionales como europeas encaminadas al fomento de las energías procedentes de fuentes renovables.
Así, el real decreto extiende la obligación de incorporar sistemas de generación de energía procedente de fuentes renovables a los edificios de otros usos con más de 1.000 m² construidos, umbral que antes de esta modificación reglamentaria se situaba en los 3.000 m² construidos.
Además, la norma, según el Gobierno ha habilitado, entre otros aspectos, el autoconsumo colectivoy ha reducido los trámites administrativos para la implantación del autoconsumo.
Finalmente, el Real Decreto, también recoge además otra serie de modificaciones que se consideran menores del Código Técnico de la Edificación.