La Unión Europea aprobó en 2017 un nuevo paquete normativo sobre el IVA en el comercio electrónico, que debía entrar en vigor a partir del 1 de enero del 2021. Sin embargo, debido a las dificultades ocasionadas por la crisis sanitaria, la Comisión Europea ha aplazado su aplicación al 1 de julio de 2021.
Los cambios afectan, según explican en Adigital, a las ventas 'on-line' transfronterizas, al sistema de ventanilla única, a los 'marketplaces' y a la tributación del IVA, que pasará a realizarse en el lugar de destino. Esto tiene que ver solamente con las ventas de bienes o productos dirigidas a consumidores finales, dado que las ventas de servicios digitales o electrónicos ya fueron armonizadas en 2015.
La reforma de las normas del IVA incluye la eliminación de los umbrales en las ventas a distancia, el fin de la exención del IVA en la importación de pequeños envíos de escaso valor, y la responsabilidad del IVA sobre los 'marketplaces' para ventas de artículos importados de terceros territorios o terceros países.
Cambios a partir de 2021
Actualmente, las empresas que venden a consumidores de otros Estados Miembros únicamente están obligadas a facturar con el tipo de IVA del país de destino si sus ventas en ese país sobrepasan ciertos umbrales, fijados por cada autoridad nacional.
Con la reforma, se suprimen los umbrales nacionales y cualquier empresa que facture más de 10.000 euros por ventas realizadas a consumidores de otros países comunitarios tendrá que facturar con el tipo de IVA correspondiente al país del consumidor.
En cuanto a la exención actualmente existente del IVA de pequeños envíos a las importaciones con un valor inferior a 22 euros, cualquier importación que se realice desde un país de fuera de la UE estará sujeta al IVA en el país de destino, manteniéndose la exención de los derechos de aduana para las importaciones con un valor inferior a 150 euros.
Asimismo, las empresas no establecidas en la UE que realicen importaciones desde fuera de la UE también se podrán acoger a un régimen de ventanilla única. Finalmente, los 'marketplaces' serán considerados vendedores a efectos del IVA y serán responsables de de su gestión cuando el usuario de sus servicios no esté en la UE e importe bienes de fuera de UE.