Barcelona regula su tasa a los operadores por entregas de comercio electrónico

Barcelona empezará a cobrar en 2024 la primera tasa que se aplica en España a los operadores que facturen más de un millón de euros en la Ciudad Condal por entregas de comercio electrónico.

27/02/2023 a las 9:57 h

El Ayuntamiento de Barcelona ha aprobado la ordenanza municipal definitiva que regula la tasa de reparto de comercio electrónico con la que pretende regular el uso del espacio público que realizan estas empresas.

Con este impuesto se pretende hacer frente a al gran incremento de la entrega de paquetes enviados a través de grandes operadoras postales de comercio electrónico que, a juicio del consistorio barcelonés, incide negativamente en lacongestión del tráfico y el incremento de la contaminación, al tiempo que supone un desequilibrio de la competencia con el comercio de proximidad.

La nueva regulación se dirige a las grandes operadoras postales de comercio electrónico que desarrollan una actividad masiva en la ciudad y que tengan unos ingresos brutos de más de un millón de eurosobtenidos por entregas en los destinos finales indicados por los consumidores de Barcelona.

Además, el importe que tendrán que abonar cada operador por esta tasa no podrá superar los 2,6 millones de euros, dado que es el límite máximo que ha fijado el consistorio.

[sumario]La tasa también se aplicará en caso de que alguna empresa subcontrate la actividad a otras empresas o personas autónomas.[/sumario]

La tasa también se aplicará en caso de que alguna empresa subcontrate la actividada otras empresas o personas autónomas, pero la ordenanza dispone que lo tendrá que pagar el operador postal. Así mismo, en el caso de grupos de empresas, lo tendrá que pagar la empresa que tenga más facturación anual.

Se prevé que esta nueva tasa la gestione en régimen de autoliquidación el contribuyente, que tendrá que presentarla a través de internet entre el 1 y el 30 de julio del ejercicio posterior al grabado, por lo que el ejercicio 2023 se autoliquidará durante el mes de julio del 2024.

Por otra parte, queda exento las entregas efectuadas en el marco del servicio de transporte de mercancías que no intervengan en el mercado como operadores postales, las realizadas en los comercios de la ciudad con la finalidad de ser comercializadas en fase minorista, las efectuadas sin utilizar ningún vehículo, así como las que se hagan en un punto de recogida que esté incluido en el registro de puntos de recogida que creará el Ayuntamiento de Barcelona y que se actualizará anualmente.

Según los responsables municipales de la capital catalana esta es la primera vez en toda España que una ciudad propone una regulación destinada a las grandes operadoras postales.

 

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