El Gobierno de Baleares ha sacado a información pública esta misma semana, a través del Boletín Oficial de las Islas Baleares, su proyecto de decreto de transporte marítimo.
De este modo se abre un plazo de quince dias hábiles contados a partir de este 13 de mayo para que los interesados puedan presentar las alegaciones que estimen pertinentes.
Esta iniciativa legislativa pretende garantizar un servicio mínimo de conectividad marítima entre las islas que componen el archipiélago y, en este sentido, se centra en la tarea de ordenación del transporte regular entre islas, aclara y concreta las características de cada una de las actividades de transporte marítimo que se desarrollan, quién las puede llevar a cabo y dónde.
De igual modo, el proyecto normativo también define qué barcos o embarcaciones podrán prestar la actividad de transporte marítimo, qué se entiende por instalación portuaria y por instalación marítima, así como el procedimiento que hay que seguir en caso de solicitar la dispensa de bandera.
Así mismo, la norma en elaboración, además, regula el objetivo, las funciones y el procedimiento de inscripción en el Registro balear de navieros, al tiempo que fija servicios mínimos en las líneas estratégicas y sus condiciones mínimas para garantizar un servicio suficiente.
Frecuencias mínimas en servicios entre líneas
En este sentido, se establece como requisito que las compañías tengan una continuidad en el servicio de un mínimo doce meses consecutivos, tanto en temporada alta como en temporada baja, y una regularidad y frecuencias mínimas, que para la línea Ibiza-Formentera concreta diez frecuencias diarias para transporte de pasajeros y de cinco diarioas para mercancías
Para la línea Ibiza-Palma se concretan tres frecuencias semanales y para el trayecto Alcudia-Ciutadella se establece una frecuencia diaria.
Por otra parte, en materia de garantías de prestación del serviciocon las condiciones mínimas, en el caso de que se detecte una cobertura de las frecuencias y otras condiciones de prestaciones por debajo de los mínimos establecidos, durante al menos cinco días, se entenderá que el servicio es insuficiente para satisfacer las necesidades esenciales de transporte y las autoridades podrían fijar obligaciones de servicio público para garantizar el cumplimiento de las condiciones mínimas de prestación de los servicios.
Finalmente, el decreto de transporte marítimo también establece la obligación de velar por un transporte marítimo respetuoso con el medio ambiente.