El Decreto ha sido anulado por considerar que el procedimiento legalmente establecido para su tramitación fue vulnerado, al haberse omitido el trámite preceptivo previo del dictamen del Consejo Consultivo, en los términos en que viene exigido por la Ley 1/2004 del Principado de Asturias.
La Autoridad Portuaria de Gijón ha cancelado el Consejo de Administración, previsto para el próximo lunes, día 26 de marzo, por razones de seguridad jurídica.
Según el Tribunal Superior de Justicia de Asturias, el decreto autonómico fue dictado por el anterior Gobierno en ejecución de la Ley Estatal 33/2010, pero no se limita a dar cumplimiento a la misma, sino que la desarrolla dentro de los límites permitidos, siendo exigible por ello en su tramitación aquél dictamen preceptivo y no siendo de aplicación la doctrina de la innecesariedad de tal dictamen en los casos de reglamentos de mera organización.
Desde la perspectiva procesal, la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Asturias no es firme, porque, en principio, cabe recurso de casación contra la misma ante el Tribunal Supremo.
Sin embargo, estando en estudio las consecuencias jurídicas de la citada Sentencia 195/2012 del TSJA, y dado que la celebración de sesiones de los Consejos de Administración de las Autoridades Portuarias de Gijón y de Avilés podría motivar que los acuerdos que en los mismos se adoptas en pudieran ser impugnados y declarados nulos, en aras de la seguridad jurídica, se había decidido posponer la celebración del Consejo de Administración en espera, durante esta semana, del informe que a petición de Puertos del Estado emitieran sus servicios jurídicos.
Al no haberse recibido el citado informe de Puertos del Estado procede pues, la cancelación de la convocatoria del Consejo de la Autoridad Portuaria de Gijón.